La propagación del Coronavirus (COVID-19) ha creado una “nueva normalidad” para muchos de nosotros. Muchos países han implementado restricciones de viaje, las aerolíneas han cancelado vuelos, se ha cerrado algunas fronteras y muchos individuos están bajo órdenes de cuarentena y aislamiento.
Debido a estos cambios, las personas que entraron a los Estados Unidos con una visa B1/B2 o con una autorización del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (“ESTA”, por sus siglas en inglés) puede que no tengan la posibilidad de salir de EE.UU. por razones relacionadas con el COVID-19. Sin embargo, permanecer en EE.UU. más allá del período permitido puede tener serias implicaciones de inmigración. Por esto, puede que las personas que entraron a los EE.UU. con una visa B1/B2 o con autorización ESTA necesiten solicitar una extensión de su estadía para evitar las consecuencias migratorias de quedarse más del tiempo permitido.
Extensiones para las visas B1/B2
Los individuos que entran a los Estados Unidos con una visa B1/B2 reciben un sello de admisión I-94, que detalla la categoría de su visa, la fecha de admisión y su “fecha de estadía permitida”. Las personas que tienen una visa B1/B2 deben salir de los Estados Unidos antes o en la fecha de estadía permitida. Sin embargo, si no pueden salir de EE.UU. antes de esa fecha, pueden solicitar una extensión de su estatus al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Si USCIS recibe la solicitud antes del vencimiento de su I-94 y el individuo no ha violado su estatus de alguna otra forma, generalmente ese individuo puede permanecer en EE.UU. hasta que USCIS tome una decisión sobre su solicitud de extensión.
El individuo también puede solicitar una extensión de estatus después de que se haya vencido su I-94, sin embargo, USCIS no suele conceder estas solicitudes a menos que existan circunstancias imprevistas que justifiquen su aprobación. Por lo tanto, es de suma importancia que hable con un abogado de inmigración con experiencia antes de presentar una solicitud de extensión de visa B1/B2 ante USCIS.
Salida satisfactoria para los participantes del programa de exención de visas “ESTA”
El Programa de Exención de Visas permite a la mayoría de los ciudadanos o nacionales de los países participantes que viajen a los Estados Unidos por turismo o negocios sin necesidad de obtener una visa para viajes de no más de 90 días. Estos viajeros deben tener una aprobación ESTA válida y deben cumplir ciertos requisitos antes de viajar.
Normalmente, las personas que entran a los Estados Unidos con ESTA no califican para extender su estadía más allá de su período de admisión. Sin embargo, si una emergencia les impide salir a tiempo, los funcionarios de inmigración de EE.UU. pueden, a su discreción, conceder una prórroga titulada “Salida satisfactoria”, por un período no superior a 30 días. Las solicitudes de salida satisfactoria suelen ser tramitadas por USCIS. Sin embargo, dado que USCIS ha suspendido temporalmente los servicios en persona debido al COVID-19, el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) está actualmente adjudicando estas solicitudes en los puertos de entrada y en las oficinas de inspección diferida. En este momento, cada puerto de entrada tiene diferentes procedimientos y requisitos para las solicitudes de Salida Satisfactoria, por lo que es importante que se ponga en contacto con un abogado de inmigración con experiencia para que le guíe a través de este proceso.
Por último, es importante señalar que la presentación de una solicitud de prórroga de la visa B1/B2 o de una solicitud de Salida Satisfactoria después de que su estatus haya expirado puede tener serias consecuencias migratorias. Por esta razón, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración con experiencia lo antes posible si cree que va a necesitar una extensión de su estatus.
Wilner & O’Reilly es una firma de abogados en varios estados dedicada exclusivamente a la práctica del derecho de inmigración. Durante estos tiempos de incertidumbre, en Wilner & O’Reilly seguimos de cerca los acontecimientos relacionados con el COVID-19 para poder proporcionar a las personas información de inmigración actualizada. Para obtener asesorías personalizadas sobre su situación de inmigración, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Ofrecemos consultas gratuitas en nuestras oficinas de Orange, Riverside, Fresno, Sacramento y San Francisco, California; Salt Lake City y Orem, Utah; y Boise, Idaho.
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JULIANA RAMIREZ – ABOGADA
Juliana Ramirez es una abogada asociada de Wilner & O’Reilly. Ella obtuvo su licenciatura en Ciencias Políticas en la Universidad de California, Santa Barbara, y su Doctorado en Derecho en la Facultad de Derecho del Suroeste, donde se graduó entre el 30% de los mejores de su clase. La Sra. Ramirez ha sido admitida como miembro del Colegio de Abogados del Estado de California (California State Bar). La Sra. Ramirez ha dedicado su profesión jurídica a la práctica del derecho de inmigración. Tiene amplia experiencia en asesorías de clientes con soluciones de inmigración basadas tanto en el empleo como en la familia. Además, como hija de un inmigrante, ella se enorgullece de ofrecer a los clientes soluciones personalizadas para sus situaciones individuales y de asesorarlos durante su proceso migratorio.Juliana Ramirez is an associate attorney at Wilner & O’Reilly. She received her Bachelor of Arts in Political Science from the University of California, Santa Barbara and her Juris Doctorate from Southwestern Law School, where she graduated in the top 30% of her class. Mrs. Ramirez is admitted to the California State Bar. Mrs. Ramirez has dedicated her legal career to the practice of immigration law. She has extensive experience assisting clients with both employment-based and family-based immigration solutions. Also, as the daughter of an immigrant, she takes great pride in providing clients with tailor-made solutions to their individual situations and counseling them through the immigration process.
RICHARD WILNER – FOUNDING PARTNER
Richard M. Wilner es un miembro fundador de Wilner & O’Reilly | Abogados de Inmigración y está certificado por el Colegio de Abogados del Estado de California (California State Bar) como Especialista en Derecho de Inmigración y Nacionalidad. Ha sido admitido para ejercer derecho en el Estado de California y ante las Cortes de Distrito de los Estados Unidos en los Distritos Central, Norte y Sur de California, el Distrito Norte de Texas, la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito y la Corte Suprema de los Estados Unidos. El Sr. Wilner recibió el codiciado reconocimiento AV Martindale-Hubbell, el reconocimiento jurídico y ético más alto que puede recibirse de sus pares en la comunidad legal. Del mismo modo, ha sido galardonado con el título de Súper Abogado desde 2007 hasta hoy. Es mejor conocido por su trabajo en asesorar a compañías de Fortune 500, negocios de medianas y pequeñas empresas, emprendedores y ciudadanos extranjeros de habilidades extraordinarias en atletismo, artes y ciencias en el área compleja del Derecho de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos.
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